A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Lorduy De Carmona Nancy De Jesus
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Cartagena y el Tribunal Administrativo de la misma ciudad.
La controversia ente los Despachos fue causada por el trámite del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones con el propósito de declarar la nulidad de una resolución proferida por el extinto Instituto de Seguros Sociales a través de la cual se reconoció una pensión de vejez a un ciudadano, solicitando el reintegro de las sumas reconocidas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, extendida por el Auto 840 de 2021, según la cual la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer de una demanda presentada por una entidad pública, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, contra un acto administrativo propio o proferido por la entidad a la que subrogó, tras no obtener la autorización del titular para revocarlo directamente, incluso si el acto se pronuncia sobre derechos pensionales.
Con base en lo anterior, se dispuso el envío del expediente al Tribunal Administrativo de Cartagena para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Cartagena.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cartagena y Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Cartagena, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Cartagena es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la señora Nancy De Jesús Lorduy De Carmona.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3401 al Tribunal Administrativo de Cartagena para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Cartagena.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.